Artículo 1°.- Modificase parcialmente el Artículo 1° de la Ley N° 15 del 13 de agosto de 1948, en cuanto a la denominación del Ministerio creado, pasando a ser su denominación oficial a partir de la fecha: Ministerio de Justicia.
Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a diecinueve días del mes de noviembre del año dos mil quince, quedando sancionado el mismo por la Honorable Cámara de Diputados, a dieciséis días del mes de diciembre del año dos mil quince, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.
Hugo Adalberto Vélazquez Moreno
Presidente
H. Cámara de Diputados |
Mario Abdo Benitez
Presidente
H. Cámara de Senadores |
Del Pilar Eva Medina de Paredes
Secretaria Parlamentaria |
Carlos Agüero Núñez
Secretario Parlamentario |
Asunción, 22 de enero de 2016
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro Oficial.
El Presidente de la Republica
Horacio Manuel Cartes Jara
Sheila Raquel Abed Duarte
Ministra de Justicia
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